-¿Cómo y dónde puedo reclamar si tengo algún
problema?
-Si tiene alguna queja por deficiencias en
el servicio de transporte, puede escribir una carta de reclamación
a la compañía aérea -en el caso de vuelos
regulares- o a la agencia de viajes -en el caso de un vuelo combinado
o paquete turístico-. Las compañías aéreas
disponen normalmente de hojas de reclamaciones en sus mostradores
de información o de venta de billetes. También puede
utilizar las Hojas de Reclamaciones de Aena, que encontrará
en los mostradores de información del aeropuerto.
Para denunciar todo tipo de reclamaciones referentes a los servicios
del aeropuerto, al tránsito o a las empresas que operan
en él, tiene que utilizar igualmente las Hojas de Reclamaciones
de Aena. Los servicios de restauración (cafeterías,
restaurantes...) disponen también de su propio Libro Oficial
de Hostelería, donde puede formular su reclamación.
En cualquier caso, la presentación de una reclamación
no excluye la posibilidad de ejercer otras acciones judiciales
o administrativas.
-¿Quién se hace responsable en caso de accidente?
¿Qué indemnización me corresponde?
-La responsabilidad en caso de accidente durante el viaje es
de la compañía aérea. Las indemnizaciones
sólo están reguladas para las compañías
de la Unión Europea. En principio, la responsabilidad por
daños en caso de muerte, herida o cualquier otra lesión
corporal de un pasajero no está sujeta a ningún
límite financiero, salvo que la compañía
demuestre que adoptó todas las medidas necesarias para
evitar el perjuicio.
En ese caso, el límite de la indemnización está
fijado en 147.348,94 euros por muerte o incapacidad total permanente;
85.562,38 euros por incapacidad parcial permanente y 42.731,19
euros por incapacidad parcial temporal. En caso de muerte, también
se puede solicitar el abono de un anticipo no inferior a 22.102,34
euros para cubrir necesidades inmediatas.
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