-¿Cuántas maletas puedo llevar en un viaje de avión?
-Normalmente, las compañías aéreas incluyen
en el precio del billete un peso de hasta 30 kilos para los pasajeros
que viajan en Primera Clase y en Preferente, y de 20 kilos para
lo que lo hacen en tarifas más económicas. En los
vuelos entre España y Estados Unidos o Canadá se
utiliza el sistema de piezas, que consiste en limitar el número
de bultos de un volumen determinado. En todos los casos, y siempre
que las condiciones del avión lo permitan, se puede facturar
más equipaje del permitido pagando la cantidad que esté
establecida en concepto de exceso de equipaje.
Además del equipaje facturado, los pasajeros pueden llevar
como equipaje de mano uno o dos objetos de poco peso y volumen:
paraguas, bolso de mano, maletín, cámara fotográfica,
ordenador portátil, bolsa de compras, etc.
-¿Puedo viajar con un animal doméstico?
-Los animales domésticos que acompañen a un pasajero
se aceptan como equipaje. Como norma general, deben ir facturados
en la bodega del avión, en un recipiente o contenedor que
puede ser obtenido en algunas compañías aéreas.
En ocasiones, pueden viajar con sus dueños en la cabina
de pasajeros, siempre que no causen molestias a otras personas.
Para ello, el recipiente tendrá que tener unas medidas
máximas de 45 x 35 x 25 cm. y no podrá superar los
6 kilos.
Los perros lazarillo no necesitan ir encerrados y pueden viajar
en la cabina, junto al pasajero, sin ser considerados como equipaje.
En este caso, no es preciso llevar a cabo ningún trámite.
Basta con que el perro vaya equipado con bozal, collar y correa.
-¿Dónde y cómo tengo que reclamar por la
pérdida de equipaje durante un vuelo?
-Para cualquier problema con el equipaje facturado (destrucción,
deterioro, retraso o pérdida), tiene que acudir inmediatamente
al mostrador de la compañía aérea para cumplimentar
el Parte de Irregularidad de Equipaje (P.I.R.), necesario para
hacer constar lo sucedido y para la tramitación por la
compañía aérea.
Con independencia de la cumplimentación del P.I.R., hay
unos plazos determinados para presentar la reclamación.
En el caso de vuelos nacionales, debe hacerse en el plazo de 10
días, y la acción para exigir el pago de las indemnizaciones
prescribe a los 6 meses.
Para vuelos internacionales, en el caso de deterioro del equipaje,
hay 7 días para presentar la protesta. Si se ha producido
un retraso en la entrega, la reclamación tiene que hacerse
en el plazo de 21 días, a contar desde el momento en que
haya recibido el equipaje.
Si decide emprender una acción de responsabilidad ante
los tribunales, deberá hacerlo dentro del plazo de dos
años.
-¿Qué indemnización me corresponde por la
pérdida del equipaje? ¿Tengo que presentar algún
justificante o comprobante del valor de su contenido?
-En vuelos nacionales, la indemnización por retraso en
la entrega del equipaje puede ser de hasta el precio del billete.
Y por deterioro o pérdida del equipaje facturado o de mano,
hasta 736,74 euros por unidad.
En vuelos internacionales, el límite de las indemnizaciones
por pérdida, destrucción, deterioro o retraso del
equipaje facturado está en 25,05 euros por kilo. Para el
equipaje de mano, la responsabilidad está limitada a 489,20
euros por pasajero.
Para estas indemnizaciones únicamente se tendrá
en cuenta el peso total del bulto afectado, por lo que no es aconsejable
incluir en el equipaje facturado artículos frágiles
ni objetos de valor.
La responsabilidad por el perjuicio sólo corresponderá
al valor del daño si el equipaje facturado o de mano se
transporta bajo manifestación de valor declarado, aceptado
por la compañía aérea y previo pago de una
cantidad adicional.
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