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Preguntas frecuentes / Reservas y tarifas


-¿Puedo enterarme en una agencia de viajes de todos los vuelos y precios posibles para un destino?

-Sí. La agencia de viajes tiene que proporcionar al cliente acceso directo a toda la información que ofrece el sistema informático, permitiendo observar la pantalla o imprimiendo su contenido. Esta información incluye las opciones para efectuar el viaje en vuelos sin escalas, vuelos con escalas sin cambio de aeronave y vuelos con conexión. La agencia tiene que informar también de todas las tarifas existentes en las diferentes líneas aéreas.

Si reserva el billete, la agencia deberá informar sobre la identidad de la compañía aérea que prestará realmente el servicio -si es distinta de la mencionada en el billete, los cambios de avión, las escalas y las transferencias entre aeropuertos durante el viaje.


-¿Puedo quedarme en tierra aunque tenga la reserva hecha y el billete pagado?

-Sí. Para evitar que queden asientos libres por posibles cancelaciones, las compañías aéreas ofrecen billetes por encima de la capacidad del avión. Este procedimiento se llama overbooking o sobreventa. Puede ocurrir, por tanto, que para un vuelo determinado se presente un número de pasajeros superior al de asientos libres y algunos de los pasajeros deban quedarse en tierra. Se entiende que un pasajero tiene plaza en un avión cuando, previa presentación del billete, recibe su tarjeta de embarque en el mostrador de facturación.

En este caso, la compañía está obligada a ofrecer al pasajero, para que éste elija, el reembolso del precio del billete, el transporte lo más rápidamente posible a su destino o el viaje en otra fecha posterior. Además, la compañía tendrá que pagar inmediatamente al pasajero 150 euros en metálico o bonos de viaje si se trata de un vuelo de hasta 3.500 km. y 300 euros para vuelos de más de esa distancia. Esta compensación se reduce a la mitad si la compañía ofrece otro vuelo con una diferencia de llegada respecto al inicial menor a 2 horas para las distancias de 3.500 km. y de 4 horas para distancias superiores.

La compañía también debe pagar los gastos de una llamada telefónica o mensaje de fax al punto de destino, comida y bebida en función del tiempo que haya que esperar y el alojamiento en un hotel en caso de que sea necesario pernoctar una o varias noches.

En cualquier caso puede presentar un recurso ante los Tribunales de Justicia competentes con el fin de obtener indemnizaciones adicionales a estas compensaciones.


-¿Qué ocurre si el vuelo se retrasa o se cancela? ¿Tengo derecho a una indemnización?

-Cuando se produce algún retraso o cancelación de vuelo, la compañía está obligada a informar de las causas que lo han motivado.

En vuelos nacionales, si el viaje se suspende o retrasa por causa de fuerza mayor o razones meteorológicas, la compañía tiene que devolver el precio del billete, pero queda liberada de toda responsabilidad. Si el viaje se interrumpe una vez comenzado, la compañía debe transportar a los viajeros por su cuenta utilizando el medio más rápido posible y correr con los gastos de manutención y hospedaje que se deriven de la interrupción.

En vuelos internacionales, la compañía tiene que asumir la responsabilidad de los daños causados por el retraso en el transporte de viajeros, equipajes o mercancías, salvo si prueba que tomó todas las medidas necesarias para evitarlo.

Si se trata de un viaje combinado, es decir, con un paquete turístico, son los organizadores o detallistas del mismo quienes deben responder por los daños sufridos.


-¿Puede cambiar la compañía aérea que efectúa el vuelo? ¿Cambia el precio del billete?

-Sí. Puede ocurrir por varias razones, como la existencia de acuerdos comerciales entre las compañías para el uso compartido de sus flotas de aviones o la indisponibilidad de flota en un momento determinado. La compañía aérea o la agencia de viaje tienen que informar en el momento de la compra del billete de la identidad de la compañía operadora del vuelo y, en el caso de que se produzca un cambio de la compañía operadora, el pasajero debe ser informado antes del embarque.

El precio del billete no cambia en ninguno de estos casos.


-¿Es más barato viajar desde Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla?

-Efectivamente, para vuelos regulares nacionales desde Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla al resto del territorio nacional existe una subvención del 33 por ciento del precio del billete. Pero esta subvención sólo es válida para ciudadanos españoles, de la Unión Europea y de los países pertenecientes al Espacio Económico Europeo -Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein- que residan en uno de estos lugares de partida. Esta residencia tendrá que ser debidamente acreditada al comprar el billete y la compañía está autorizada a comprobar, en la facturación o en el embarque, esta acreditación.


-¿Con cuánto tiempo de antelación tengo que estar en el aeropuerto? ¿Tengo que ir al mostrador de facturación aunque no lleve equipaje?

-Generalmente, si viaja en vuelo regular nacional deberá presentarse en los mostradores de facturación al menos 30 minutos antes de la hora de salida del vuelo. En el caso de vuelos internacionales o vuelos no regulares es necesario consultar a la agencia de viaje o a la compañía la hora límite de aceptación al vuelo que esté establecida. Para no sobrepasar esta hora, es importante tener en cuenta el tiempo de facturación, así como los trámites de policía y controles de seguridad, sobre todo en los periodos vacacionales, cuando se incrementa el tráfico en los aeropuertos.

Aunque no se lleve equipaje, al llegar al aeropuerto hay que dirigirse a los mostradores de facturación con el fin de, previa presentación del billete, recibir la tarjeta de embarque. Sólo con ésta se entenderá que es usted pasajero del avión y tiene plaza en el vuelo.


 
Equipajes

Normas sobre lo que puede transportar el viajero: qué se puede facturar, límite de equipaje, el equipaje de mano, y reclamaciones por daño o pérdida.



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