El plan especial es el documento de planeamiento que permite
el desarrollo del Sistema General Aeroportuario, definido en el
plan director, dentro de la estructura general y urbanística
del territorio.
Con el fin de acometer la ordenación
interna del Sistema General Aeroportuario, el plan especial deberá
incluir entre sus determinaciones las medidas y previsiones necesarias
para garantizar una eficiente gestión y explotación
del aeropuerto, su desarrollo y conexión con los sistemas
de transporte terrestre y con los servicios y redes de abastecimiento.
Debe pues, coordinar ese desarrollo con el planeamiento urbanístico
del entorno (servidumbres aeronáuticas, áreas de
coordinación y reservas aeroportuarias).
El plan especial o instrumento equivalente se formulará
por el ente público Aeropuertos Españoles y Navegación
Aérea de acuerdo con las previsiones contenidas en el correspondiente
Plan Director del aeropuerto, y se tramitará y aprobará
por la administración urbanística competente de
conformidad con lo establecido por la legislación urbanística
aplicable.
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