El espacio aéreo español se encuentra dividido,
a efectos de organización y gestión, en tres Regiones
de Información de Vuelo, denominadas FIR/UIR Madrid, FIR/UIR
Barcelona y FIR/UIR Canarias. A su vez, dentro del FIR/UIR Madrid
se sitúa el Espacio Aéreo delegado a Sevilla, delimitado
por el paralelo 39 Norte. El espacio aéreo superior (UIR)
de estas regiones coincide en planta con el inferior (FIR), excepto
para Canarias, que es algo menor. La separación vertical
entre el UIR y el FIR en España está establecida
en el nivel de vuelo FL 245.
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Con la excepción de ciertos aeropuertos
y áreas militares restringidas, los servicios de tránsito
aéreo en las FIR/UIR españolas son suministrados
en el espacio aéreo comprendido entre los niveles de vuelo
FL 150 (15.000 pies) y FL 460 (46.000 pies). Sin embargo, en ciertas
áreas estos servicios se amplían a niveles inferiores
como son: las áreas de control terminal (TMA); las zonas
de control de aeródromo (CTR), entre el suelo y una altitud
determinada; y las aerovías, entre sus niveles inferior
y superior.
Dentro de cada FIR, el espacio aéreo donde confluyen las
aerovías próximas a uno o más aeropuertos
y se enlaza la fase de vuelo en ruta con la de aproximación
y viceversa, recibe el nombre de Área de Control Terminal
(TMA). En España existen 12 TMA.
También hay 7 Áreas de Control (CTA), que engloban
la aproximación a la mayoría de sus aeropuertos.
Por último, el espacio aéreo
español -tanto inferior como superior- está atravesado
por un gran número de rutas o pasillos aéreos, aerovías,
por donde vuelan las aeronaves desde su origen hasta su destino
final, de acuerdo a los criterios establecidos por la OACI. Estos
itinerarios aéreos están jalonados por radioayudas
y puntos de notificación.
:: Restricciones al tráfico aéreo
Respecto a las áreas en las que existen restricciones
al tráfico en el espacio aéreo español, se
establecen dos tipos de limitaciones.
La primera atiende a motivos de defensa y seguridad nacional;
estas zonas son controladas por el Ministerio de Defensa, y se
dividen a su vez en tres:
· Prohibidas, debido a causas
de alta seguridad.
· Restringidas, en las cuales está autorizado
su uso sólo temporalmente.
· Peligrosas, donde únicamente se pueden
atravesar por las rutas que Defensa indica.
La otra limitación responde al empeño de
Aena por respetar el espacio natural, en su política de
coherencia con el medioambiente. Por tanto, existen áreas
denominadas ecológicas que no se pueden sobrevolar,
por coincidir con las rutas habituales que siguen las aves migratorias
al recorrer la Península Ibérica todos los años.
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